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domingo, 12 de septiembre de 2010
Cataluña se convierta en la primera comunidad autónoma en proteger de manera expresa a las aves cantoras como el jilguero o el verderón
El Departamento de Medio Ambiente y Vivienda de la Generalitat de Cataluña ha elaborado una orden que prohíbe la captura en vivo, la tenencia y la exhibición pública de aves fringílidas (pequeñas aves cantoras), que son las empleadas tradicionalmente como pájaros cantores para exhibiciones y concursos.
La captura de estas aves está prohibida en la Europa Comunitaria desde 1979, aunque la totalidad de las comunidades autónomas, hasta esta fecha, han venido incumpliendo la legislación europea, autorizando las capturas por razones "tradicionales" y acogiéndose al régimen de excepción de la normativa que protege a las aves. Las instituciones comunitarias se han mostrado contrarias a estas capturas y existe una considerable jurisprudencia del Tribunal de Luxemburgo, que ha servido de base al Gobierno Catalán para la preparación de esta norma.
El borrador de orden de la Generalidad reconoce que son posibles otras soluciones satisfactorias sin necesidad de sacar a las aves de su estado natural, como se comprueba con la experiencia de otros Estados miembros en los cuales desde hace decenas de años no existe derecho alguno a capturar aves.
La futura Orden catalana anima a SEO/BirdLife en su actividad de defensa de estas aves. Juan Carlos Atienza, coordinador del Área de Conservación de SEO/BirdLife ha declarado que "nos proponemos ser inflexibles a partir de ahora con las administraciones autonómicas que permitan la captura de estas aves protegidas. Los silvestristas no precisan de la captura de estas especies para mantener su actividad y continuar autorizándolas no es propio de sociedades avanzadas y es ilegal desde hace treinta años. Una tras otra, llevaremos a los Tribunales a cada administración autonómica que mantenga autorizadas estas practicas".
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